martes, 20 de julio de 2010

Locke y Rousseau: Poder

Existen diferentes formas y relaciones de poder. Algunas de ellas son voluntarias en la forma de ceder y compartir poder, como en la unión de sujetos para la conformación de una sociedad/Estado. Otras son simplemente parte de la herencia que se recibe, como es el caso de padres-hijo; donde este ultimo puede quedar fuera del poder de mando de su padre o madre solo cuando llega a la adultez (aunque luego tenga la obligación y el poder de cuidar de sus progenitores).

Para Rousseau, “la familia es el primer modelo de las sociedades políticas: el jefe es la imagen del padre y el pueblo la de los hijos”[1]. Esto establece la primera relación de poder, donde el papá se encuentra a cargo de la enseñanza y controla la forma en que serán educados sus niños, es decir, elige los primeros pasos que éstos darán en la formación de sus personalidades.

Locke introduce a la madre en la toma de decisiones dentro de la familia, dando una idea de que el poder es compartido por ambos padres con respecto a las medidas a llevar a cabo sobre su descendencia. Al igual que Rousseau, plantea que los padres sobre sus hijos “serán quienes se impongan a voluntad y quienes dirijan sus actos; pero cuando estos lleguen al estado que hizo a sus padres personas libres, deberán serlo a su vez”[2].

También, Locke contempla dentro de la relación padre-hijo dos tipos de poderes: el de la tutela durante la minoridad del niño y el de ser honrado por los hijos durante toda su vida. En si, estas dos ideas de potestad establecen vínculos entre derecho y deber. Por ejemplo el primer caso, dice el autor antes mencionado, “constituye un derecho de los hijos a ser educados y alimentados y el deber de los padres a que esto se cumpla”[3].

Con respecto al segundo tipo de poder, establece la obligación por parte de los hijos a honrar y sostener a los padres por el beneficio que aquellos recibieron cunado era niños. Aunque, aclara Locke, “la educación, deber de los padres, lleva un poder mas extenso debido a que la ignorancia y las debilidades de la infancia necesitan ser reprimidas y corregidas”[4]. Esto demuestra una posición de mando, poder, y una especie de soberanía.

Esta comparación entre familia, soberanía y sociedad/Estado la van a encarar ambos autores en cuanto al derecho, deber y relaciones reciprocas de poder que llegan a establecerse entre las diferentes conformaciones sociales que existen en una nación.

Relaciones de Poder: formación y relaciones sociales

El hombre nace como un ser natural, con libertad y la capacidad de disfrutar de los derechos y privilegios de la ley natural. Según Locke, tiene el derecho “no solo el poder de defender su propiedad (su vida, libertad y bienes) sino también de juzgar y castigar los quebrantamientos de la ley natural cometidos por otros”[5].

Este tipo de ley genera en principio desigualdad, dominación de poder de los más fuertes sobre los más débiles; convirtiendo a unos en amos y a los otros en esclavos. Para Rousseau, “ningún hombre tiene por naturaleza autoridad sobre su semejante; su libertad le pertenece sin que nadie tenga derecho a disponer de ella”[6].

En este contexto nace la sociedad política, como antónimo de la ley natural y como forma de generar un bienestar general (pero no por ello, dejan de existir las relaciones de poder). Con respecto a esto, Locke dice que “donde cada uno de los miembros ha renunciado a ese poder natural entregándolo a la comunidad”[7] nace una sociedad política.

Del mismo modo, Rousseau habla del nacimiento del Contrato Social como “forma de asociación que defienda y proteja con la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado”[8]. Planteándolo además, como la mejor forma de unirse todos y permanecer tan libre cada individuo como antes.

Estas concepciones elaboradas por dicho pensadores, hablan de ponerse en común todos los sujetos y, en palabras de Rousseau, también el poder de cada uno bajo la suprema dirección de la voluntad general. Demostrando que el poder es compartido, unido, para conformar un poder superior como lo es un Estado con sus leyes.

El estado según Locke, “dispone de poder para fijar castigo a las trasgresiones cometidas por los miembros de la sociedad, el poder de hacer leyes”[9]. Para él, esto constituye el poder de la paz y la guerra.

Ambos autores coinciden en que cada hombre que comienza a formar parte de la sociedad, renuncia a su poder natural para castigar al otro. En palabras de Rousseau, “sustituye al instinto por la justicia”[10]. Además, según este pensador, el hombre pierde su libertad natural y el derecho ilimitado sobre todo lo que desea, pero gana la libertad civil y la propiedad de lo que posee.

Por ultimo y referido a lo anterior, así como en el estado natural daba al hombre un poder absoluto sobre todo lo demás, el pacto social que se establece da al cuerpo político poder absoluto sobre todos los suyos (soberanía). Las relaciones de poder se transforman en una ida y vuelta entre el Estado y el pueblo que, para que no exista abuso de poder ni despotismo, tiene la capacidad de elaborar convenciones y leyes que unan y relacionen los derechos y deberes, permitiendo que exista la justicia.

En definitiva, las relaciones de poder se establecen para y por una cooperación que permita una mejor subsistencia. Se llevan a cabo mediante pactos sociales, leyes y conformaciones de Estados que permitan una igualdad. Aunque, cabe aclarar que el poder no es de uno sino de dos: del pueblo y el Estado (que en definitiva es conformado por el pueblo y para el bienestar del pueblo).



[1] Rousseau. El Contrato Social (página 4) – Editorial Porrua

[2] Locke. Ensayo sobre el Gobierno Civil (página 80) - Aguilar

[3] Locke. Ensayo sobre el Gobierno Civil (página 88) - Aguilar

[4] Locke. Ensayo sobre el Gobierno Civil (página 89) - Aguilar

[5] Locke. Ensayo sobre el Gobierno Civil (página 105) - Aguilar

[6] Rousseau. El Contrato Social (páginas 5 y 6) – Editorial Porrua

[7] Locke. Ensayo sobre el Gobierno Civil (página 104) - Aguilar

[8] Rousseau. El Contrato Social (página 9) – Editorial Porrua

[9] Locke. Ensayo sobre el Gobierno Civil (página 105) - Aguilar

[10] Rousseau. El Contrato Social (página 11) – Editorial Porrua